La empresa como retenedora de impuestos y pago en la seguridad social
- La empresa retiene la seguridad social
- La empresa retiene de IRPF-15%-Autónomo
Telematica y hay un calendario fiscal.
Para recordar el cumplimiento de las principales obligaciones triburarias estatales a los largo de 2016.
La obligatoriedad de presentar auto-liquidaciones periódicas según el impuesto y el obligado tributario, puede ser.
- Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin perosnalidad jurídica.
- Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04€ en 2015 (grandes empresas), para sujetos pasivos del IVA inscritos en el Registro de devolución mensual (REDEME), los que tributen en régimen especial del grupo de entidades y las Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social.
- Electrónica por Internet, con DNI electrónico, certificado electrónico, CI@ve PIN o número de referencia.
- Soporte directamente legible por ordenador.
- Telemática por teleproceso sólo para los modelos 185 y 186.
- SMS para el modelo 390 y también para los modelos 190 y 347 pero solo para las cominidades de propietarios y hasta 15 registro declarados.
- Pre-declaración impresa obtenida previa cumplimentación de los formularios disponibles en la Sede electrónica, o utilizando los modelos de declaración obtenidos al usar un programa informático desarrollado por la Agencia Tributaria (programas de ayuda), u otro que obtenga un fichero con el mismo formato e iguales características y especificaciones que aquel.
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